domingo, 15 de junio de 2008

PARA COMPARTIR

BUENO...ANOCHE REGRESE DE SALTO. ME GUSTARIA QUE SUPIERAN QUE FUI Y VINE CON TODOS USTEDES EN LA CABEZA Y EN EL CORAZON. EN MEDIO DE LA NOCHE, A LA IDA, CUANDO TODOS DORMIAMOS EN EL MAGIC BUS DE AGENCIA CENTRAL, ALGO DESPERTO MI SUEÑO. LUEGO DE LA NATURAL MOLESTIA QUE OCASIONA INTERRUMPIR EL UNICO SUEÑO QUE PODIA DARME REPARO, ME ALEGRE DE QUE ASÍ HUBIESE SIDO PORQUE CON LOS OJOS TODAVIA NUBLADOS PUDE PERCIBIR DESDE LA VENTANILLA UNA SEMILUNA AMARILLA GRADUALMENTE ANARANJADA Y ROJIZA QUE SE PONIA AL OESTE DE LA TIERRA PURPUREA EN MEDIO DE UN CIELO TAN CLARO COMO FRIO, TAN ESTRELLADO COMO REPUBLICANO. CARGUE ESA LUNA PA´DENTRO Y LA CONVERTI EN MI COMPAÑERA DE VIAJE, EN MI COMPAÑERA DE REGOCIJO...EN MI COMPAÑERA DE INFORTUNIO...
Bueno...ta...yo que sé...era solo eso...compartirlo con ustedes gurises republicanos...unidos en la diversidad...tan orientales...tan uruguayos...con tantas lunas adelante para cargarse adentro...tanto futuro! VIVA LA REPUBLICA DE NOSOTROS!

54 comentarios:

Anónimo dijo...

Eso fue hermoso Arturo.

Anónimo dijo...

me parece barbaro arturo que exprese esos pensamientos ,usted nos deja muy contentos con sus clases son barbaras muchas gracias por ser asi con nosotros gracias saludo grande juan prieto

Anónimo dijo...

Somos, y seremos siempre sus republicanos....
Estoy deseando que sea Lunes xa ir mañana a su clase..hace dias q no voy y ya lo extraño..
Las enseñanzas de vida que da son casi de un padre...

Saludos MAESTRO

e.r

Anónimo dijo...

Hola profe, cómo va? Yo estoy acá, recién el viernes pasado me dieron mi nueva silla y un predictor de textos en mi computadora. Ahora salgo de tarde para ir acostumbrando a manejar la silla, y enseñando al predictor algunas palabras. Por eso tuve que dejar de ir, el año que viene si ustedes llegan a tener una clase de contratos seguramente me van a tener otra vez de alumna. ¡No se van a salvar de mi tan fácilmente! Jajajaja
besos

Anónimo dijo...

Somos muchos quienes lo recordamos, Arturo, en muchas instancias de la vida que en principio parecería que no tienen nada que ver con la Facultad. Lo traemos a colación permanentemente...
Sus palabras que son inolvidables, siempre han ido acompañadas por su actitud de entrega total hacia nosotros, entrega que a pesar de costarle a usted la lucha continua, nunca sufrió retaceos.
Y eso conmueve. En todas las lunas que carguemos de aquí en adelante habrá mucho de ARTURO CAUMONT.

Anónimo dijo...

profe gracias por tenernos siempre presente, sepa que sus alumno estamos muy contentos de ser, junto a esa luna, sus compañeros de viaje. Un comentario muy muy emocionante, mientras lo leia imaginaba su relato, aunque dificil fue imaginar la hermosura de esa luna que usted poeticamente describe, tal vez sea por que la ciudad ya nos esta haciendo olvidar la hermosura del cielo, sus estrellas y lunas, sera hora tal vez de darse una vuelta por el interior para poder apreciarlo.
Profesor espero que esa luna haya hecho olvidar el enojo de dias atras, y se haya enfocado en las cosas que de verdad vale la pena. No olvide que siempre cuenta con el apoyo de sus alumnos

Anónimo dijo...

PROFE, UNA PREGUNTA: EN QUE QUEDÓ LO DE JUNTAR PLATA PARA EL CONGRESO DE PUNTA ? SE ESTÁN HACIENDO LAS RIFAS O NO ?

Anónimo dijo...

al compañero que escirbio el ultimo comentario: no ha salido nada respecto a la organizacion del viaje al congreso, estaria bueno que mas gente se sume por medio del blog y a partir de ahi ver si nos juntamos y hacemos algo, por que por dos o tres no vale la pena, asi que bueno esperamos a ver que dice el resto de los visitantes del blog.....

Anónimo dijo...

VIVA LA REPUBLICA DE CAUMONT! que es suya y un poco de cada uno de los que con orgullo la integramos!
Profesor: no deje que la ignorancia, la envidia y la falta de ética hieran su espiritu de lucha constante para hacer de la facultad un mejor lugar para los que estamos y para los que vendran!
Bienaventurados aquellos que nos contagiamos y aprendemos de sus enseñanas!
Y pobres de aquellos que señalan con el dedo lo que desconocen!

Anónimo dijo...

PROFE!!!!!! Una pregunta, el que no hizo el primer parcial, puede hacer el segundo ?

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE:
Hola a todos! Dos respuestas a preguntas formuladas al pie de la entrada:
A. El Principio de Alterum Non Laedere recibe consagracion expresa en el Artículo 1319 del Código Civil
B. Y recibe consagración implícita en la Constitución en el Artículo 72 y reglas concordantes de la Carta.

En cuanto a la realización del segundo parcial por quienes no hicieron el primero, es absoltamente recomendable.

Estoy a las ordenes por el tema RIFA para ir a Punta del Este!

Con todo afecto, A.C.

Anónimo dijo...

PROFE, LA PROXIMA FIESTA CUANDO ES? PORQUE FALTA POCO PARA QUE SE TERMINE EL CURSO Y NO NOS VEAMOS COMO LO HACEMOS AHORA. Y YA DE PASO ESTARIA BUENO DE QUE LA MISMA NO SEA EN LA CASA DE MONTORO PORQUE EL POBRE COMPAÑERO Y LAS COMPAÑERAS QUE AYUDARON SE PASARON TRABAJANDO PARA NOSOTROS Y NO DISFRUTARON NADA, LES FALTO MARCAR TARJETA Y ESTAR EN BPS.

Anónimo dijo...

profesor, garcias por ser tan considerado con las notas de los parciales!

Anónimo dijo...

PROFE, EN QUE TOMO DE GAMARRA ESTA EL ARRENDAMIENTO DE COSAS?

Anónimo dijo...

Estoy un poco triste porque la semana que viene culmina el curso de contratos. Por otra parte,e siento muy feliz por haber formado parte de esta clase,la cual la recordaré siempre y por haber conocido a un maravilloso profesor y persona.Nunca lo voy a olvidar profe!!!!!!!Sepa usted que se hizo querer por todos nosotros. Gracias por las enseñanzas de vida que nos hace cada clase y gracias por transmitirnos sus claros conocimientos acerca de la asignatura.También le agradesco por formarnos como seres pensantes.
Estoy orgullosa por formar parte de su república,la de todos! Arriba la república que nunca será vencida ya que posse un gran soporte que son las fuerzas conjuntas de sus republicanos.
Hagamos una reunión de despedida de curso! Espero que el vínculo de fraternidad no se fracture jamás.
Lo quiero mucho profe!

Anónimo dijo...

Como el pintor ilustre...
De la misma manera a venido a mi los mismos recuerdos, recuerdos que uno tiene cuando recorre esta Patria rumbo a su hogar, y cuando visita a amigos por esa querida Regional Norte.
Orgullosos de tanta emocion, de tantos pensamientos y de tantos buenos recuerdos.Humildemente en lo personal, gracias, por aquel 2003 el poder conocer en vida, al profesor Jorge Gamarra; algo que sin dudas muchos de la Regional no era dificil llegar por lo economico y sin dudas dificil de olvidar.
Seguiremos viendo esas lunas
Gracias Cúneo ! ! !
Gracias Arturo

A.C

Anónimo dijo...

PD: al mensaje anterior.
q mal despues de firmar me di cuenta que tenemos la mismas iniciales. Igual no es una copia.
Atte
A.C - 2

Anónimo dijo...

A.C. 2 gracias por aclararlo, jaja, por algunas partes del contenido me resultaba extraño que sea Caumont el autor del comentario!

Anónimo dijo...

profesor: podria enumerar en el blog los temas que van para el proximo parcial, gracias

Anónimo dijo...

hola profe!!! quiero saber si -no habiendo rendido el primer parcial- puedo dar el segundo. Yo asisto siempre a clase y me gustaría poder dar el examen con usted. Muchas gracias

Anónimo dijo...

hola profe!!! quiero saber si -no habiendo rendido el primer parcial- puedo dar el segundo. Yo asisto siempre a clase y me gustaría poder dar el examen con usted. Muchas gracias

Anónimo dijo...

el profe ya contestó que si se puede dar el segundo parcial sino hiciste el primero.

Anónimo dijo...

POR FAVOR PROFE !!!!!!!!! Ponga los temas del parcial en el blog ya que hay muchas cnfusiones y muchos que a veces no podemos ir a clase y estamos un poco perdidos. Será de mucha ayuda, muchas gracias profe !!!!
LO QUEREMOS!!!!!!!!

Anónimo dijo...

hola profe!!! cuándo es el parcial? el lunes 23 ? se puede cambiar para el jueves 26 ? porque hay muchos de la clase que tenemos parcial de otra materia el lunes 23, por esto nos vendría bárbaro el jueves. Bueno espero su respuesta. Dele profe no sea malito !!! Si usted es un amor!!!

Anónimo dijo...

SI QUEREMOS VER LOS TEMAS DEL PARCIAL EN EL BLOG!! PLIS!!

Anónimo dijo...

PROFE: SABEMOS QUE NO HA SIDO UNA BUENA SEMANA PARA USTED POR LAS COSAS QUE LE HAN PASADO PERO CONTESTELE A LOS COMPAÑEROS LAS DUDAS QUE TIENEN

Anónimo dijo...

Como respuesta a la pregunta sobre la fecha del parcial: el profesor programó el parcial para el lunes 23 de Junio, pero a causa de que muchos alumnos le plantearon que tenían otro parcial el mismo dia, puso otra fecha que es el dia jueves 26 de Junio.
Con respecto a los temas que van, en la fotocopiadora de APS están todos en un índice que tienen ellos.

Anónimo dijo...

osea que hay dos fechas! 23 y 26 de Junio

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE:
Los temas para el segundo parcial fueron indicados en la última clase. Desde Promesa de Enajenación de Inmuebles a Plazos (salvo concepto y ámbito de aplicación de la Ley, puntos que fueron para el Primer Parcial) hasta lo que se de en la clase inmediatamente anterior al de realización del Parcial en su primera fecha.
En cuanto a las fechas del segundo parcial, se indicaron las dos que refiere el comentario hecho por un/a republicano/a: 23 y 26 de Junio. Y ello porque en clase se presentó la solicitud de una segunda fecha por quienes tenían coincidencia de pruebas con otras asignaturas.
Cordialmente, A.C.

Anónimo dijo...

PROFE : LO QUEREMOS !!!!!!! NO NOS DEJE !!!! SIGA CON NOSOTROS HASTA FIN DE AÑO !!!!!!

Anónimo dijo...

PROFE : LO QUEREMOS !!!!!!! NO NOS DEJE !!!! SIGA CON NOSOTROS HASTA FIN DE AÑO !!!!!!

Anónimo dijo...

PROFE: SINCERAMENTE GRACIAS X PERMITIR 2 FECHAS XA HCER EL PARCIAL..
Y...ESPERO PODER IR EL LUNES XA SABER LA NOTA DEL PRIMERO YA QUE ESTOY ENFERMA Y NO PUDE IR EL DIA QUE LOS ENTREGO. ASI Q RECIEN EL LUNES ME REINTEGRARE.

SALUDOS E.R.

Anónimo dijo...

alguien me podria decir que fue lo dado en la ultima clase!!!!!! GRACIAS!!!!!!!

Anónimo dijo...

Caumont:

Me gustaria aprovechar la oportunidad para realizar una breve critica al análisis estructural del contrato a la luz de la Teoria General del Negocio Jurídico. Al tratar los elementos estructurales del contrato distinguimos el consentimiento, objeto y causa en tanto abstracciones de los requisitos ennumerados en el art. 1261 del Código Civil.

En mi opinión el consentimiento no es un elemento estructural, sino un requisito de validez. El fundamento de esta posición nos remite al estudio del negocio jurídico: el contrato como especie de este genero mayor debe comprender necesariamente los mismos elementos para su existencia, debe haber una manifestación (forma) de voluntad (objeto) con una intención aprobada por el derecho (causa.)

El contrato como negocio jurídico requiere entonces una forma con la cual se exteriorize para nacer a la vida jurídica; esa forma no es un lenguaje escrito o oral, sino que es el mismo consentimiento. El consentimiento entonces no es la conjunción de dos (o mas) voluntades recepticias, sino que es la manifestación de esa voluntad, la manera en que se hace perceptible. El contenido volitivo forma parte del objeto, pero no de la forma, a pesar de ser facticamente indivisibles, se pueden separar lógicamente y con pensamiento en abstracto de por medio.

Bajo esta posición la forma es el elemento que hace a la existencia del contrato como negocio, y el consentimiento es un requisito, una cualidad que debe tener esa forma para que el contrato sea válido. La solemnidad es un requisito de forma, pero que recae sobre otro requisito de forma: el consentimiento. Finalmente la entrega de la cosa cuando es constitutiva (contratos reales) no forma parte del consentimiento, pero si es otro requisito de forma eventual que surge cuando el legislador de forma explícita o implícita lo preveé.

Todo este análisis dogmático al ser confrontado con el texto normativo se vuelve congruente. El nº1 del 1261 nos habla del "consentimiento de partes" como requisito de validez, y no como elemento estructural. El 1262 inc 2 define a la propuesta como "manifestación" y por lo tanto como forma. El 1264 define a la solemnidad como las "formas especialmente requeridas por ley" si hay formas especiales, se entiende implicito que hay formas que se deben cumplir siempre: el consentimiento.

Las consencuencias que puede traer adoptar esta posición son varias y creo que ya me extendi demasiado como para traerlas en consideración.

Un atento saludo

Anónimo dijo...

LO ULTIMO QUE SE DIO FUE CONTRATO DE PRENDA COMUN

Anónimo dijo...

MUCHAS GRACIAS POR LA INFO DE LA ULTIMA CLASE!

Anónimo dijo...

DE NADA

Anónimo dijo...

PROFE, GRACIAS POR SER TAN CONSIDERADO CON LA NOTA DEL PARCIAL...COMO SE VE QUE NOS QUIERE JUNTOS HASTA EL EXAMEN

Anónimo dijo...

"Un libro abierto es un cerebro que habla; cerrado un amigo que espera; olvidado, un alma que perdona; destruido, un corazón que llora."

Anónimo dijo...

Como el profe se puso a compartir con nosotros sus pensamientos "lunáticos", yo comparto con uds. algo de Teresa de Calcuta:"La gente a menudo no es razonable, es ilógica y egoísta; perdónalos de todas formas. Si eres amable, la gente puede acusarte de egoísta o tener intenciones ocultas; sé amable de todas formas. Si tienes éxito, te ganarás algunos falsos amigos y algunos verdaderos enemigos; ten éxito de todas formas. Si eres honesto y franco, la gente puede engañarte; sé honesto y franco de todas formas. Lo que tú puedes estar años construyendo, alguien podría destruirlo en una noche; construye de todas formas. Si encuentras la serenidad y felicidad, la gente puede sentir celos de ti; se feliz de todas formas. El bien que haces hoy, la gente posiblemente lo olvidará mañana; haz el bien de todas formas. Da al mundo lo mejor que tengas, e incluso podría no ser suficiente; da al mundo lo mejor que tengas de todas formas. Sabes, en el análisis final, se trata de algo entre Dios y tú; nunca entre tú y la gente de todas formas."

Anónimo dijo...

Querido Profesor! Cuantos alagos! y que mas resta decirle, hoy encontré una frase que me hizo acordar a usted: "Un maestro de escuela puede decirte lo que espera de ti. Pero un verdadero maestro despierta tus propias expectativas", y eso es para nosotros Arturo Caumont, un verdadero maestro! Que aparte de enseñarnos y guiarnos, rescata los mejores valores de la división existencial de cada uno.
Comparto el comentario de mi compañera/o, siga con nosotros hasta fin de año!! un abrazo Maestro,lo vamos a echar de menos.

Anónimo dijo...

hola querido profeeeeeeeeeeee, le quería dejar la dirección de mi metro flog: http://www.metroflog.com/-mumi-

besos

VALERIA DAMIÁN

Anónimo dijo...

Alguien puede poner detalladamente los temas que se dieron desde promesa de enajenacion de inm a plazos hasta la fecha?...

Abrazo
S.C.

Anónimo dijo...

Profe: hagale llegar un gran abrazo a nuestra querida Inés!!!!Porque además de tener un gran futuro en la docencia esta noche ha demostrado ser la Julia Roberts del Derecho Civil!!! QUE GRANDE!Idolaaa (y sin ninguna ironia se lo digo!
No lei muchos comentarios sobre los aspirantes, por eso me gustaría recalcar el excelente nivel que tienen tanto en el conocimiento del derecho civil como en la calidez humana que han demostrado tener, sobre todo Inés y Santiago que fue a los que pudimos conocer más.

Anónimo dijo...

PROFE!!!... Y EL ASADO?
ERA UNA JODITA PARA VIDEO MATCH

Anónimo dijo...

hola profe!le mando mi dirección de correo como coordinamos ayer en clase por la nota del primer parcial,saludos a todos los republicanos.
natanyaalaniz@hotmail.com

Ricardo Burgos dijo...

Pa! acabo de leer la critica al abordaje de los elementos estructurales del contrato(el comentario número 35) y quede medio (francamente)achicado ante un razonamiento que excede mis capacidades, y confuso por el cuestionamiento del mismisimo concepto de consentimiento("el consentimiento entonces no es la conjunción de dos(o mas)voluntades recepticias, sino que es la manifestación de esa voluntad, la manera en que se hace perceptible. El contenido volitivo forma parte del objeto...")
Me gustaría emitir critica, quebrar una lanza por la sumatoria cualitativa de dos o más voluntades que entiendo es el consentimiento, aunque me equivoque (total no será la primera ni la última vez que lo haga).
Si fuera cierta la aseveración que hace el compañero("En mi opinión el consentimiento no es un elemento estructural, sino un requisito de validez") y fuera como lo afirma el consentimiento un requisito de validez, ello llevaría en curso de lógico razonamiento a sostener que tenemos contrato con objeto y causa(y tal vez con voluntad pero aun no exteriorizada), que existe para el Derecho "algo", pero que a ese "algo" existente no se le ha calificado aun de válido. La pregunta es como puede algo ser jurídicamente relevante si no se exterioriza en el mundo exterior, si solamente permanece como abstracción.
En mi opinión el consentimiento es parte del contrato, es elemento, y es muy importante pues sin el no se releva la existenia de objeto ni de causa(sin entrar a la discusión de que es objeto y que es causa).
En sede de negocio jurídico aniquilar la voluntad como elemento, como parte, como iniciadora, como dadora de vida, es aniquilar al negocio jurídico.Sostener que el consentimiento es "forma" e intentar(y tal vez con éxito) separarla del contenido es para mi opinión un razonamiento que retacea el elemento. Por otra parte no veo la relevancia de una voluntad que no se encuentra con otra voluntad en igual sentido y en consecuencia no se suma a la otra sino que siguen rumbos separados.
En cuento a la afirmación realizada por el compañero de que "el contenido volitivo forma parte del objeto"; discrepo. La volición pertenece al sujeto, que es juridicamente el único capaz de querer; es por eso que los requisitos de validez del consentimiento se analizan respecto a él.
Le agradezco al compañero haber compartido su pensamiento, si en realidad no entendi bien lo que quiso decir le pido disculpas, y si la contracritica es injusta o mal fundada, o tonta o lo que sea, le pido me responda para ponernos aun mas en desacuerdo y discutir acerca de ello y así hacernos amigos, como dice el Profesor: para lograr UNidad en la diVERSIDAD. Saludos para todos lo que me conocen, y pa' los que no también.

Anónimo dijo...

Hola profe que alegría me dio ver que estuvo por mi metro, y ver que además me lo firmo. Habrá visto mi faceta de artista plástica. Con respecto a que me escribió, yo también extraño a esa "República". En los tres años que estoy en facultad, no había tenido un profesor que sea tan queríble por sus alumnos. Yo le puedo decir que el poco tiempo que pude ir pude llegar a tomarle cariño, es por eso que quiero seguir en comunicación, yo voy a seguir visitando su blog y espero que me siga visitando el mío.

Besos

Anónimo dijo...

¡Un aplauso para los compañeros que están exponiendo pensamiento crítico! Se podrá compartir o no su posición, pero no hay dudas de que es muy meritorio de su parte tal nivel reflexivo, y fundamentalmente, el haberse apartado del rebaño cognitivo que tantas veces nos logra seducir. Gracias por enriquecerme y enriquecer a la Facultad. C.C.

Anónimo dijo...

Ricardo Burgos:

Valoro que te hayas tomado el tiempo para reflexionar sobre mi critica, y valoro que lo hayas hecho con el mismo espíritu critico que me inspiró a mi escribir en primera instancia.

La cuestión es muy muy compleja y es difícil de entender, pero vas bien rumbeado. Sin embargo las criticas que me haces (la mayoría) no reflejan que hayas entendido a cabalidad el pensamiento que yo sostengo.

Lo que es manifestación exteriorizada no es el consentimiento sino la forma misma como elemento del negocio jurídico y por ende del contrato. El consentimiento es un requisito de forma, una cualidad que ese elemento debe adoptar para que sea jurídicamente válida. ¿En que consiste ese requisito de forma? que se exteriorice mediante el consentimiento que no es cualquier manifestación (de lo contrario no seria un requisito) sino que es la manifestación de una propuesta a la cual se le agrega la manifestación de una aceptación. Claro que esa manifestación debe consistir en un querer, en un contenido volitivo, pero lógicamente es posible dividir la voluntad de su manifestación exterior.

El consentimiento es requisito de validez, pero en tanto requisito es una cualidad de algo mas abstracto: la forma. Justamente sin manifestación de voluntad, nunca puede haber voluntad exteriorizada y menos una causa aprobada por el Derecho. La existencia de la forma como primer elemento estructural (en un orden lógico puesto que fácticamente se presentan los tres elementos simultaneamente)nos indica que es a traves de la materialidad (corpórea o incorpórea)que recibimos aquel objeto y causa. El hecho de que la forma sea una abstracción no significa que no se exteriorice, sino que es un elemento (al igual que la causa y objeto)que debe encontrarse en el negocio para que exista.

El consentimiento es parte del contrato, pero lo que nos informa sobre el objeto y la causa no es esta conjunción de dos manifestaciones de voluntad, sino que es la manifestación de voluntad misma en su sentido abstracto: la forma.

Plantear la forma como elemento y el consentimiento como requisito, no es aniquilar la voluntad: la voluntad es parte del objeto, su manifestación es la forma. Si lo entendemos asi lo que estamos haciendo es distinguir (mediante pensamiento lógico) lo que es la forma del objeto, a la luz de la Teoría General del Negocio Jurídico.

En el consentimiento las manifestaciones (de voluntad) no siguen rumbos separados, sino que se entrelazan de la forma que la ley requiere. El objeto no es la sumatoria de las dos voluntades individuales, sino que es su síntesis, el surgimiento de una nueva voluntad contractual. Todo consentimiento refiere a la forma (entendida como manifestación exterior del negocio) pero no toda forma refiere al consentimiento, existen ciertas formas que escapan del consentimiento: la entrega de la cosa en los contratos reales. Alli vemos la mas viva prueba de que no necesariamente a partir del consentimiento se perfecciona el negocio, sino que a partir de que cumple todos los requisitos de forma que la misma ley exige, requisitos que atañen todos a un concepto unitario de dicho elemento del contrato. La solemnidad en cambio es una forma que recae sobre el consentimiento, y solo de esa forma es posible hacer una distinción entre contratos reales y solemnes, que en realidad y como tuve oportunidad de mencionar en clase refieren a dos cosas distintas: uno refiere a la forma la otra a un requisito de forma.

La volición psicológica es interna al sujeto, pero la que se exterioriza se objetiviza y es plausible de ser regulada por el derecho. Eso no lo digo yo, lo dice Carnelli y Cafaro es su obra "Eficacia Contractual" a cuya lectura me remito. El objeto (y creo que no me equivoco) no es la voluntad del sujeto sino la voluntad contractual: que es un contenido normativo.

Como ya dije Ricardo, el tema es difícil y entiendo que te hayas podido confundir respecto de mi postura, porque el tema da mucho mas para decir que lo que escuetamente resumí en mi anterior intervención. Agradezco tu intriga que te motivó a reflexionar sobre estos contenidos teoricos, agradezco que hayas dedicado el tiempo para formular criticas y agradezco el compromiso por hacerme saber tu posición. Espero que mis aclaraciones te puedan servir para revisar tu postura y por que no reformular tus criticas, que puedes plantearme por este medio o cara a cara (que de seguro será mejor.)

Hasta entonces un gran abrazo: Martin Montoro.

Anónimo dijo...

Buenas!!! Hoy entre al blog, despues de varios dias, y aparte de los comentarios que habitualmente encontramos en este, nuestro ambito de comunicacion y discusion, me encuentro ademas con una exelente critica, de Montoro al analisis de los elemmentos estructurales del contrato. Asi que en primer lugar quiero felicitar al compañero por la brillante exposicion y agradecerle por compartir sus ideas con el resto de la republica, asi que nuevamente las felicitaciones del caso.
Sin embargo, tengo que discrepar con el compañero (aunque tal vez una segunda o tercer lectura de su exposicion, o una nueva explicacion por su parte puede llevarme a coincidir con el), sin por ello afirmar que se equivoque, sino a sabiendas de que en nuestra disciplina la evolucion cientifica se construye en base a la oposicion y discusion de ideas.
En primer lugar, no estoy de acuerdo con que el consentimiento no sea un elemento estructural y si lo sean los demas que enumera el articulo 1261, en mi opinion los cuatro elementos enumerados (abstraidos de sus calificaciones) son elementos que forman parte de la estructura del contrato, y que a su vez son requisitos cuya presencia, sumada a los calificativos requeridos por el legislador, determina la validez del negocio en cuestion. Ademas dice que el consetimiento no se construye con la suma de propuesta y aceptacion, como lo señala el codificador, y a ello me parece oportuno replicar que las definiciones del legislador, si bien pueden no ser totalmente obligatorias, si determinan un marco, un espacio limitado, dentro del cual pueden desarrollarse las construcciones teoricas de los nuristas, por tanto no podemos simplemente apartarnos de las definiciones que han sido recogidas por el legislador, por que si en algun momento fueron pura doctrina, una vez recogidas por el legislador (unico con la facultad de crear normas juridicas generales y abstractas) pasan a formar parte integrante del elenco de normas juridicas que integran nuestro ordenamiento.
Ademas,como se dice habitualmente, creo que ha puesto "la carreta delante de los buyes" puesto que, segun interpreto de su comentario, el consentimiento es un requisito de la forma, y agrega el que la forma no es un lenguaje (escrito u oral). Y precisamente creo que sucede lo contrario, la forma es un requisito del consentimiento, cuyos elementos son dos voluntades que se unen para formar "una sola voluntad" (que se sintetisa en un contrato) y la forma es ese vehiculo necesario para que la voluntad, que se encuentra dentro del fuero interno de cada sujeto, pueda salir de el, manifestarse y ser recibida por otros individuos, y ese vehiculo no es otro que el lenguaje, que puede ser escrito, oral, en señas,en conductas concluyentes(accionesu omisiones)etc. Es decir, que la forma es un requisito del consentimiento, y no el consentimiento de la forma.
Otra cosa que me parece importante señalar es que, segun mi opinion, el contenido volitivo es la esencia misma del consentimiento y por tanto no forma parte del objeto, sino que hace referencia necesariamente al objeto, que es nada menos que aquello sobre lo que los contratantes convienen.
En cuanto a la solemnidad, si estoy de acuerdo en que es un requisito que recae sobre otro requisito, sobre la forma,y la forma es un requisito necesario del consentimiento, para que que este pueda no solo valer juridicamente, si no ser conocido por los demas. La solemnidad indica que ese consentimiento debe plasmarse por ciertos medios especiales, pero no deja en definitiva de ser una forma especial requerida por la ley. Como lo es la entrega de la cosa en el contrato real, dado que es una conducta de la cual se infiere la existencia del consentimiento, no solo que uno se obliga a entregar la cosa, sino que la entrega para no dejar dudas de su intencion de transferirla a otro sijeto (ya sea como mera tenencia, posesion o propiedad, lo que no viene al caso).
Por ultimo,del comentario del compañero interpreto (confusamente) que para el existen ocaciones en que existe forma pero el consntimoento esta ausente. Y no creo que ello sea admisible, el consentimiento, como la suma de manifestaciones de voluntades (emitidas por los sujetos) debe estar siempre presente en los negosios juridicos ("manifestacion de voluntad tendiente a la produccion de efectos juridicos secundados por el derecho") y la forma debe estar siempre presente tambien, puesto que si forma esa voluntad no podria escapar del fuero interno de cada sujeto, y por tanto seria juridicamente irrelevante.
Bueno esa es mi opinion respecto al comentario del compañero, muchas cosas no pude comprenderlas cabalmente y me resultaron confusas y por tanto estaria bueno encontarme con una respuesta que aclare las dudas que puedan haberme llevado a discrpancias sin sentido, de cualquier manera aplaudo toda exposicion de ideas nuevas, ya que esa es nuestra funcion, crear ideas nuevas, y espero tambien que siga el debate sobre este y otros temas y ademas que el profesor no se enoje por que le hayamos copado el blog para usarlo de tertulia juridica.
Saludos!!!

Anónimo dijo...

HOLA QUIERO SABER QUE DIA, A QUE HORA Y EN QUE SALON SE ENTREGAN LAS MONOGRAFIAS. POR FAVOR, CONFIRMAR, GRACIAS. PORQUE PARA MANDAR MAILS A LA DIRECCIÓN QUE SE INDICÓ ES IMPOSIBLE!!

Anónimo dijo...

HOLA QUIERO SABER QUE DIA, A QUE HORA Y EN QUE SALON SE ENTREGAN LAS MONOGRAFIAS. POR FAVOR, CONFIRMAR, GRACIAS. PORQUE PARA MANDAR MAILS A LA DIRECCIÓN QUE SE INDICÓ ES IMPOSIBLE!!

Anónimo dijo...

POR FAVOR!!! ALGUEIN PUEDE DECIR CUANDO YY A QUE HORA SE ENTREGAN LAS MONOGRAFIAS?? GRACIAS