domingo, 11 de mayo de 2008

HOMENAJE AL MAYO FRANCES DEL 68: NUESTROS SUEÑOS NO CABEN EN SUS URNAS

QUERIDOS COMARCANOS: En la Primavera francesa del 68, otoño patrio, se expresó la Libertad en los campos universitarios de París. La gesta universitaria parisina se difundió por todo el Planeta y los estudiantes, valerosos y dignos, con la cabeza llena de sueños por una sociedad más justa y con el corazón puesto en los que no se recostaban a ningún poder, enseñaron la senda para el cultivo del librepensamiento. A 40 años de de la heroica gesta la República rinde tributo al Mayo del 68 y reivindica la memoria de quienes se atrevieron a ser diferentes. Seamos realistas, demandemos lo imposible. Nuestros sueños no caben en sus urnas. Con toda la emoción, A.C.

24 comentarios:

Anónimo dijo...

Querido profe:

Algunos alumnos le preguntaron si el Código Civil se podía utilizar en el parcial y tengo la misma duda. Y queria confirmar si aquellos que decidan hacer el parcial el dia Jueves 15 de mayo, el lunes directamente no asistimos a clase. Gracias, saludos

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE: ES POSIBLE USAR LOS TEXTOS NORMATIVOS EN EL PARCIAL. EN CUANTO A NO CONCURRIR EL LUNES POR REALIZAR EL PARCIAL EL JUEVES PARECE CORRECTO TODA VEZ QUE SE ESTARA LLEVANDO A CABO LA PRUEBA.SUERTE! SALUDOS, A.C.

Anónimo dijo...

Caumont:

Disfruto realmente de sus clases y admiro esa pasión y entrega que usted tiene frente al estudio del Derecho. Pero lamentablemente la razon de mi intervención no es para elogiarlo, sino que mas bien para señalar ( a mi juicio) una critica constructiva.

No creo que haya sido adecuado incluir lo dado sobre Promesa de Enajenación de Inmuebles a Plazo, no por el hecho de que tenga que estudiar mas (que es lo que señala el mas comun de los sentidos comunes) sino porque no creo conveniente fragmentar un contrato para estudiarlo en un parcial, por encontrarse todos los elementos del mismo en tan intima comunion y estrecho vinculo.

Responder a una pregunta específica relativa a un contrato implica su conocimiento integral, porque de lo contrario estariamos repitiendo lo que dice algun doctrino, por carecer de las herramientas para formular nuestra propias reflexiones sobre el tema en cuestión, lo que (bajo mi entender) es fundamental para nuestro desarrollo como estudiantes y futuros profesionales.

Esto de ninguna forma pretender ser una queja, sino que una opinión que no pretende extinguirse en este caso concreto, sino que extenderse a todo lo que se refiere a la actividad pedagóca.

Creo que el mensaje es mucho mas importante que su emisor, por eso prefiero mantenerlo anónimo.

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE:
Estimado/a alumno/alumna: Comparto el sentido de su reflexión crítica y, obviamente, la bienvengo. No obstante, el fraccionamiento hecho no atenta contra la unidad de estudio porque lo incluído como tema para el Parcial es independizable: se refiere al concepto del contrato y al ámbito de aplicación de la ley, temas susceptibles de una independencia que no agrede la integralidad.Su comentario me ha parecido muy serio y fundado: le agradezco el aporte. Cordialmente, A.C.

Anónimo dijo...

Profesor:
Me adhiero al comentario de el o la compañera que opino sobre la inclusion del tema "enajenacion de inmuebles a plazos" para la prueba interna. Es cierto que muy dificil se hace el entendimiento de un tema (y uno tan comlejo como es en este caso la promesa....) cuando solo se estudia de manera fragmentada, y no desde una pespectiva general, abstraido de sus elementos particulares (no esenciales, sino su comleja historia, concepto, ambito de aplicacion, etc), pero ello no hace imposible su comprension, al menos en aspectos basicos. Lo que me parece mas importante es que no tuvimos una clse comleta sobre el tema, no clases de repaso para el parcial, lo cual muchas veces es dificil, por que "el tiempo es tirano".
Pero mas alla de los inconvenientes mencionados, esta en nosotros tener que vencerlos, o al menos intentarlo, por que es un desafio de todos nosotros como estudiantes ir superando esta clase de obstaculos, como usted dijo profe : "todo desafio templa el espiritu" y en eso estamos..

Anónimo dijo...

Ahhh!!! pido disculpas por las faltas y horrores de mi comentario, que es el inmediatamente anterior, en el apuro no adverti las letras, faltas y tildes que me comi.

Anónimo dijo...

Profesor me ha llamado la atención que se menciona que la segunda fecha para dar el primer parcial es el día jueves, yo había entendido que era el miércoles, por favor aclare cuál de los dos días se realizará.
Desde ya muchas gracias por dejarnos utilizar el CC.

ACSA

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE:
Sigo pensando que incluir lo que se dictó de Promesa de Enajenación de Inmuebles a Plazo no es fragmentar el tema porque lo incluído tiene autonomía temática (Concepto del Contrato y Ambito de Aplicación de la Ley). El tema se dio en clase: de modo que no hay que temer porque lo que se enseñó es lo que se incluye, independientemente de lo que hubiese insumido de tiempo. No os alarmeis. Se ha aclarado muchas veces, incluso por escrito en la Carta Inicial, que la carga horaria es tan escasa que hay que suplir horas con trabajo domiciliario (por eso se han ordenado muchos trabajos domiciliarios). De la escasez horaria es tambien víctima el equipo docente.Entre todos la atemperamos. En cuanto a la segunda fecha, tengo entendido que es el Jueves, pero hoy se aclara enclase durante el parcial. GRACIAS POR TANTO COMPROMISO CON EL CURSO! Con todo afecto, A.C.

Anónimo dijo...

Listen to Pink Floyd




p.d: nos vemo en p del este, me han llegao rumoresdel evento (23,24,25 puede ser?)

Anónimo dijo...

Estimado Profesor:

En realidad quería contarle que ayer me dejó una moraleja:

" No siempre lo fundamental es lo mas importante".

Esa fue la sensación con la que me fuí del parcial ayer de noche.

No quiero que mi comentario se tome a mal, simplemente quiero expresar una sensación.

Saludos y muchas gracias,

A.M.

Anónimo dijo...

como le va arturo le escribo para decirle que el dia sabado no pude concurrir a su clase tradicional una lastima ,me encontraba en mvdeo me comentaron que estuvo muy divertida acerca del parcial no me fue bien una lastima bueno un abrazo grande como siempre juan prieto

Anónimo dijo...

Profe: para el proximo parcial preguntas mas concretas por favor que nos permitan contestar con mayor precision porque cuando pone regimen juridico da la impresion que esta pidiendo la actualización de un tomo de Gamarra, no lo tome a mal sino como una critica constructiva ya que como dice ud. todos somos alumnos. Gracias y saludos.
P.D: igual lo seguimos a todos lados.

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE:
Queridos republicanos: las preguntas del parcial no se referían a "régimen jurídico" sino a NATURALEZA JURIDICA. Por ello no parece acertado pensar que se estaba requiriendo respuesta sobre un tema desbordante. En realidad se solicitó respuesta sobre lo que se brindó en profundidad en clase y que, además, es perfectamente abordable. Ahora bien, la impronta teórica de una temática proviene del carácter del Curso que, obviamente, no es de aplicación sino de conceptualización. En cuanto a que "no siempre lo fundamental es lo importante" me parece entender que se jzgan las preguntas formuladas como atinentes a temas sobre los que no se esperaba una interrogación: sin embargo, y con todo respeto al comentario, a mi me parece que los alumnos deben comprender la importancia del razonamiento en niveles teóricos y admitir que ese cultivo es esencial para luego poder resolver los temas específicos que el Derecho plantea. Por otra parte, todos los trabajos domiciliarios apuntaron a la misma impronta de preguntas, lo cual debe ser considerado un anticipo de entrenamiento para lo que se iba a preguntar en el Parcial. Así es como se desarrollan gradualmente las destrezas teóricas para manejarse luego en el terreno de la concreción. Como siempre, GRACIAS por los aportes. Sería bueno comentar la temática en clase entre todos, les parece? SI viene bien lo haremos el Lunes próximo para no obstaculizar el desarrollo de los temas inmediatos. CON TODO AFECTO, A.C.

Anónimo dijo...

Querido profe: yo sé que a esta hora tenía que estar haciendo el parcial, debido a que di el examen de evolución de las instituciones jurídicas estoy en mi casa escuchando a su banda favorita (Rata Blanca) y comuicandome con ud.jajaj

besos
Valeria Damián

Anónimo dijo...

PROFEEEEEEEEEEE ¡¡¡SALVEEEEEEEEEEEEE EL EXAMEN DE EVOLUCION DE 1º NO LO PUEDO CREER!!!


VALERIA DAMIAN

Anónimo dijo...

Profesor: no deberia ser tan estricto con los conceptos, ya sea "naturaleza jurídica" o "regimen juridico" para el alumnado puede representar las mismas dificultades independientemente que sean o no sinónimos, sería bueno que al poner el siguiente parcial el mismo dia que se relice nos diera una pequeña guia para contestar las preguntas con mas precisión sin tener que a veces acudir a la guitarra cual nuevo payador, ademas no se tocarla y no soy del interior. Rimó y todo, tomá!

P.D. tómeselo con humor.

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE: Dos comentarios sobre comentarios: A. FELICITACIONES VALERIA! ADELANTE CON TU ESFUERZO QUE ES UN EJEMPLO PARA TODOS NOSOTROS! B. En cuanto a la aparente dificultad de las preguntas sobre naturaleza jurídica creo que todos estan en condiciones de percibir que nuestra Ciencia necesita precisión conceptual. La misma que pedimos de los Médicos, de los Ingenieros, de los Contadores y asi sucesivamente. Nuestro objeto de conocimiento es el Derecho en tanto Ciencia y por ello los abordajes deben ser conceptualmente precisos. Eso, además, nos guiará para ser mejores Abogados y Escribanois una vez que ejerzamos. No tema, pues, amigo/a al abordaje conceptual de precisión porque facilita la comprensión cabal de los temas. Habrá una clase en la cual debatiremos sobre el punto si? Y en cuanto al humor....jamás se pierde (pareció lo contrario? Para nada, de veras. Me agrada sobremanera el grado de compromiso que todos los comentarios exhiben). Saludos afectuosos, A.C.

Anónimo dijo...

Profe:
Una pregunta nada mas. Tiene definido ya los temas para las monografias??. Tenia entendido que uuna vez de regreso de su viaje a españa tendria ya el eje tematico. Si no entendi mal es el mismo que para el congreso.
Asi que si hay alguna noticia al respecto espero que lo comunique, ya en el blog, ya en la clase.
Saludos!!!!!
A.D.

Anónimo dijo...

Profe, le quiero decir con mucho respeto y con el aprecio que le tenemos todos en la clase, que estoy bastante desconforme con el parcial del dia de hoy, del jueves 15...
me ha dado la impresion que las preguntas no las ha hecho usted...espero no equivocarme. mi desconformidad se debe a que fueron evidentes las diferencias del estilo de preguntas, que se han formulado en los parciales de los dias lunes y jueves.
le comento con respeto profesor, lo siguiente:
en 1er lugar el dia lunes las preguntas tuvieron varias partes (A, B y C), en cambio el dia jueves solo fueron 3 las preguntas formuladas, y no hubieron difernetes partes. esta diferencia no me parece justa. el hecho de que una pregunta tenga diversas incognitas, nos permite a los estudiantes demostrar que los temas fueron estudiados por completo y entendidos de forma mas amplia; y en el caso de no entender o no saber una pregunta, tenemos otras oportunidades de responder sobre el mismo tema, y de demostrar conociemnto.

por otro lado, las prguntas del dia jueves fueron 3...2 de las cuales hacían referencia a posiciones doctrinarias. si yo no tengo mal entendido, este curso tiene la particularidad de estudiar a nuestra ciencia pensandola; y no de memoria. esto sin duda, ha sido demostrado en cada una de las clases, en las cuales nos hemos remitido al codigo una y otra vez. siempre hemos hecho analisis de buen nivel, y hemos aprendido a refelxionar. todo esto ha representado una evolucion en nosotrso los estudiantes, y ha hecho que acudamos a clase con gusto. mi pregunta es: vale la pena,dedicarle 2 de las 3 preguntas formuladas en el parcial, a posisicones doctrinarias? si bien estas son de gran valor, lo unico que hay que hacer es aprenderlas de memoria...

por ultimo, y pidiendo disculpas si me equivoco, he intentado encontrar respuesta a la pregunta numero uno del parcial del jueves, acerca de las diferentes posiciones de la donacion de cosa ajena (no recuerdo exactamente como se formulo la pregunta, pero esa fue la idea); he hablado con varios de mis compañeros, nadie sabe de que se trata, y por lo menos yo no recuerdo haberlo dado en clase. hago esta acotacion, teniendo en cuenta que podrian ser posibles preguntas el dia del examen.y quizas en algun momento podamos sinteticamente retomar este temita...

desde ya le agradezco profesor, por la oportunidad que nos dio de realizar el parcial otro dia. realmente nos sirvio a aquellos que tuvimos examenes la semana anterior. valoro mucho esta actitud; creo que todos los estudaintes asi lo sentimos.

me gustaria que SINCERAMENTE, como usted se caracteriza al hablar, me diga que piensa acerca de lo comentado.

muchas gracias

espero que no se tome a mal nada de lo dicho, fue con mucho respeto como usted lo merece.

Anónimo dijo...

Arturo Caumont dice: A. La semana que viene estará el eje temático de las Monografías pues ha sido defintivamente aprobado el temario del Congreso. B. Agradezco infinitamente el comentario critico de las preguntas. Pero debo recordar a todos los republicanos que ya se dijo muchas veces en clase que la impronta del Cuirso es teórica y que enfatiza, consecuentemente, en el pensamiento doctrinario que es el pensamiento libre e incondicionado porque no se genera con el condcionamiento de tener que resolver un caso, a diferencia del pesnamiento jurisprudencial. Yo no creo que se conteste bien una pregunta de Doctrina sobre la base de la memoria. A poco que se responda una pregunta teórica con solo la memoria la respuesta empezará a hacer agua en su decurso y en su discurso porque el pensamiento expresado desde la memoria no es un pensamiento armónico ni su narrativa es fluída y con cohesión entre sus partes estructurales. En cuanto a si vale la pena preguntar sobre teoría respondo absolutamente que si: es el pensamiento teórico y el pensamiento abstracto el que predica a una disciplina de científica. En cuanto a las diferencias entre un parcial y otro en verdad no las hay porque en ambas instancias se preguntó teoría doctrinaria. Y en relación a la Donación de Cosa ajena es probable, muy probable, que quien hace el bienvenido comentario no haya concurrido a clase: se explicaron profundamente las tres lecturas dadas al Artículo 1625 CC a lo largo del tiempo: Nulidad por Objeto Ilícito; falta de legitimación con sanción de nulidad (algo que se da de bruces con el sistema positivo) y, finalmente, Inexistencia por falta de Capacidad Jurídica. Esa clase la dicté yo y fue bienvenido por todos los concurrentes el nivel teórico de las argumentaciones y contrta argumentaciones de los adherentes a las diferentes posiciones.Finalmente, las preguntas las formulé yo, tal como emerge del talante teórico de las mismas. Ahora bien, si en un Curso Teórico no se pregunta sobre el pensamiento de los cientistas del Derecho Privado, qué se puede preguntar que no se lea directamente en el Código cuya lectura se permite en el Parcial? Las preguntas son medios para incentivar el pensamiento crítico a partir de los marcos teóricos que solo los doctrinarios suministran con su pensamiento científico. Pero quiero asimismo reafirmar que los parciales sirven como entrenamiento para el Examen Final: de modo que sin lugar a dudas se tomará en cuenta que es el primero, así como los educandos tomarán en consideración la impronta de las preguntas para entrenar destrezas hacia el Examen Final. Me parece que se está imponiendo dedicar una parte de la clase del lunes para seguir dialogando sobre el estilo de preguntas que, me parece necesario expresar, nunca ofreció discrepancia por los alumnos. Reitero mi profundo agradecimiento por los comentarios del estilo y del contenido del que estoy analizando: es una verdadera muestra de compromiso que enaltece al Curso. Enhorabuena! Con todo afecto, A.C.

claudia sima dijo...

HOLA:
QUE BIEN SE SIENTE ESTAR EN ESTA FACULTAD QUE TANTO NOS DEJA...PORQUE EL CAMINO QUE SE RECORRE COMO APRENDIZ EN EL DIA A DIA NOS LLEVA MUCHO ESFUERZO Y DEDICACION PERO LO HACEMOS CON ALEGRIA...AL MENOS YO ME SIENTO MUY FELIZ DE ESTAR EN ESTA REPUBLICA...SOLO ALGO ME DEJA TRISTEZA EN ESTA FACULTAD...ES QUE NOSE PORQUE SERA PERO SIENTO QUE ENTRE NOSOTROS LOS ESTUDIANTES NOS ALEJAMOS...ME GUSTARIA QUE HUBIERA MAS COMPAÑERISMO Y SOLIDARIDAD ENTRE NOSOTROS. QUE LOS LAZOS DE LA REPUBLICA NOS UNAN MAS!!! A MIS COMPAÑEROS ARRIBA QUE LA VIDA ES UN RATITO...NO NOS OFENDAMOS POR CUALQUIER SIN RAZON! UN ABRAZO!

Anónimo dijo...

Caumont:

Estoy de acuerdo con la importancia que le da al pensamiento en abstracto y entiendo que el estudio de distintas doctrinas no refiere aprenderlas de memoria, sino que a comprender el proceso mediante el cual del texto normativo se llega a la norma jurídica. Una vez logrado esto estamos en posición para poder hacer críticas e interpretaciones, y llegar a nuestras propias reflexiones.

Respecto de la prohibición de donar bien futuro del art 1625 que trae a colasión, no estoy del todo de acuerdo que incluya la donación de cosa ajena ( en su momento no lo dije porque no le habia prestado suficiente atención a este art.). Efectivamente el inciso final del articulo habla de bien presente como aquel del que se puede "conferir desde luego un derecho cierto" El donante que dispone de cosa ajena no transfiere (en principio) el derecho de dominio, pero transfiere la posesión,¿es la posesión un derecho cierto? Porque de no serlo dificilmente se puede admitir que la obligación del vendedor en la compraventa sea transferir la posesión (posición con la que tampoco estoy del todo de acuerdo pero que no viene al caso.) Creo que el "desde luego" si bien señala actualidad, no refiere a que el derecho cierto deba ser la propiedad.

Tal vez se puede rebatir mi posición con que el art. 1613 habla de "desprendimiento" lo que supone una elemento objetivo en la causa: el enrquecimiento-empobrecimiento (animus donandi), lo que implicaría una disminución del patrimonio del donante y por lo tanto que el donante pueda disponer del mismo. Pero tampoco estoy de acuerdo con esto, porque el "desprendimiento" no refiere a la cosa(no concuerdo con la teoria materialista y creo que la doctrina mayoritaria tampoco), sino al derecho sobre ella y por lo tanto puede ser un derecho de propiedad como de posesión. Ademas no creo que sea valido (bajo mi entender) recurrir al "animus donandi" para poder distinguir la causa de la donación de la de otros contratos gratuitos, no solo porque no hay una referencia expresa sino porque no se necesita hacer esta creación doctrinaria, porque se puede distinguir recurriendo al objeto o a la forma de los mismos.

Pero solo es mi humilde opinión. Atentamente: un alumno.

Anónimo dijo...

ARTURO CAUMONT DICE:
Notable comentario el último y al cual voy a referirme de seguido a sabiendas de que no lograré alcanzar el nivel del alumno. Creo que cuando el donante dona cosa ajena no dona la posesión. Esta importa el ánimo de dueño (646 CC y sigs.) por lo cual no puede transferir lo que no tiene en su acervo (o sae, el ánimo de dueño). Por otra parte, la posesión no es en sí mismo un derecho sino una situación fáctica a la cualel Derecho le asigna ciertas consecuencias como por ejemplo la posibilidad de prescribir un bien luego de la posesión en regla o el derecho a poseer y/o recuperar la posesión (atención acá: el derecho a poseer no convierte a la posesión en derecho subjetivo sino en el objeto de un derecho subjetivo; a lo que se tiene derecho es a mantenerse en la situación fáctica de posesión). En cuanto al vendedor que está obligado a transferir la posesión ocurre lo mismo: está obligado a transferir su situación fáctica con relevancia jurídica. La posesión es la tenencia (aspecto material de aprehensión más ánimo de dueño) de una cosa por nosotros mismos o por otro en nombre nuestro creo recordar que reza la literalidad del Art. 646 del augusto Código Civil de la República). Agradezco su apoyo intelectual a la postura teórica con que epistemológicamente se debe abordar el estudio de la Asignatura. Percibo que no ha habido formación en tal sentido en las Asignaturas anteriores y por ello causa sorpresa que el Derecho se aprehenda desde vertientes abstractas. La lucha del Núcleo de Derecho Civil por la defensa del pensamiento abstyracto y doctrinario ha causado dolores de cabeza a los que lo integramos porque las tiendas contrarias se han tomado el asunto como un cuestionamiento personal cuando no lo es ni siquiera remotamente.Y han formulado apreciaciones dolorosas. Leamos más a Rodó. A Arturo Ardao. A Cafaro.La Universidad espera esa entrega de nuestra parte. Gracias por su comentario, enriquece la página y el Curso. Cordialmente, A.C.

Post Data para VALERIA DAMIAN: ayer Salto estaba conmocionado por el recital de Los Buitres! Vamos Las Bandas!

Anónimo dijo...

Caumont:

Agradezco que haya valorado mis dos aportes críticos, estoy seguro de que si corrobora mi forma de dirigirme a usted pueda sin problemas darse cuenta de cual fue mi primer intervención, y porque no tambien darse cuenta de quien soy.

El tema es sumamente complejo creo yo y seria bueno discutirlo mediante palabras y no con una pc de por medio. Pero me gustaria hacer algunos comentarios básicos. El ánimo de dueño que menciona el art 646 del Código Civil (el cual tengo en frente)no refiere (bajo mi entender) a ninguna relación entre el sujeto y su acervo patrimonial. El animo de dueño señala una intención subjetiva de ser dueño de la cosa segun la interpretación armónica de los art. 646, 647 y 1199 (lo que separa la posesión de la mera tenencia.)De no admitir este requisito llegariamos al absurdo de decir que el arrendatario sería tambien poseedor. Justamente en caso de transferirse la posesión, quien la adquiere también tiene animo de ser dueño (pues la donación es un contrato de cambio que exige un desplazamiento patrimonial) y por ende también se vuelve poseedor.

Su segundo argumento si me parece de mayor firmeza, la cuestión de si la posesión es un derecho o una situación fáctica es una discusión que dista de ser pacífica en doctrina. Yo creo que no es un derecho y que es un derecho, lo cual puede parecer absurdo, pero no lo es. Podemos referirnos a posesión como la situación fáctica a la cual el Derecho otorga consecuencias jurídicas (como usted señala en el art. 646) y de posesión como derecho segun señala el art. 648 inc 3 (lo cual a mi criterio no es derecho de poseer.) La posesión que usted señala no es un simple hecho jurídico porque se toma en cuenta no solo el fenómeno material, sino que también la voluntad del sujeto y su intención, creando una norma que despliega situaciones jurídicas, los derechos ennumerados el art. 649... !que similitud con el negocio jurídico.! Tampoco considero acertada la idea de que un sujeto pueda en la actividad contractual obligarse a transferir un hecho jurídico.

No obstante, el donante si puede obligarse a transferir el derecho de posesión (o la posesión como derecho) y la posesión como situación fáctica la adquirirá el donatario cuando con animo de dueño (el cual se presume en este caso) entra en contacto efectivo con la cosa.

Pero usted no me ha señalado una critica que tuve en cuenta desde el principio y sobre la cual creo que la donación de cosa ajena no vale. La posesión como derecho ... ¿es objetivamente evaluable?¿tiene un valor pecuniario? yo creo que no. Mas importante aun... ¿el derecho de posesión es un derecho personal? Otra vez mi negativa, creo que es un derecho personalisimo.

Siguiendo este razonamiento, el donante no puede transferir este derecho, no puede "conferirlo" diría el art. 1625, y por lo tanto es un bien futuro. Por esta posición es que no estoy del todo de acuerdo con que la obligación del vendedor en la compraventa sea transmitir la posesión.

Tal vez usted se pregunte, por qué dije algo para luego decir lo opuesto. Crei que en este caso donde las conclusiones son iguales (la donación de cosa ajena no vale), pero la forma de llegar a las mismas difieren, la mejor forma de explicar mi posición era ponerme en la postura opuesta, y desde alli y a apartir de la critica reformular los esquemas teoricos vigentes.

Espero que tenga el tiempo (aunque sea extracurricular) de poder discutir esta y otras inquitudes doctrinarias. Atentamente: un discipulo.